Antecedentes

A través del Decreto Ejecutivo No 39225-MP-MTSS-MICITT se plantea la definición de “Teletrabajo”, así como su objetivo.

El artículo 2 del Decreto Ejecutivo No 39225-MP-MTSS-MICITT, sobre la “Aplicación del Teletrabajo en las Instituciones Públicas”, define el teletrabajo como “la prestación de servicios de carácter no presencial fuera de las instalaciones del patrono, en virtud de la cual un trabajador puede desarrollar su jornada laboral desde su propio domicilio, centro que se destine para tal fin o en trabajos de campo, mediante el uso de medios telemáticos”. Añade que su objetivo es:


promover y regular el Teletrabajo en las Instituciones del Estado, como instrumento para impulsar la modernización, reducir los costos, incrementar la productividad, reducir el consumo de combustibles, favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, promover la inserción laboral, el desarrollo laboral en los territorios, contribuir con la protección del medio ambiente, así como apoyar las políticas públicas en materia de empleo mediante la utilización de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) (artículo 1)


Asimismo, el decreto entre otras cosas, indica que el teletrabajo es:


una modalidad de organización de la prestación laboral, basada en el uso óptimo de las tecnologías de la información y comunicaciones…Que la transformación y modernización del Estado, impone la necesidad de combinar la tecnología con esquemas más  eficientes de trabajo, que aprovechen al máximo los recursos y mejoren la productividad y calidad de los servicios que se prestan a los ciudadanos, de forma tal que se contribuya adicionalmente con la reducción significativa del gasto público… aumenta la posibilidad de inclusión.