Preguntas frecuentes

Información valiosa a través de las preguntas y respuestas que surgen frecuentemente sobre la modalidad de teletrabajo.

¿Pueden teletrabajar todas las personas de un cargo que tenga actividades teletrabajables?

0

No.  Le corresponde al superior jerárquico de la unidad o instancia definir las personas que presentará para aprobación según la planificación interna del trabajo; siempre y cuando se cumpla con los requisitos formales.

En el caso de cargos no teletrabajables, ¿tiene la Cituna injerencia en la forma de atención de sus actividades?

La Cituna brinda criterios y recomendaciones técnicas en materia de teletrabajo según la normativa nacional.

Si una persona funcionaria tiene algún riesgo de salud, ¿debe enviar un formulario de teletrabajo a la Cituna?

Solamente si el cargo de la persona tiene actividades teletrabajables y cumple con los requisitos para acogerse a esta modalidad, de previo acuerdo con la persona superior jerárquica. En caso contrario debe tramitarlo con la persona superior jerárquica a cuyo cargo se encuentra, según instrucción correspondiente de la Rectoría.

Posted 5 years agoby galilea
#10